San Francisco / Registro Civil

Preguntas Frecuentes

¿A dónde se realizan los trámites, y en qué horario funciona el Registro Civil?
El Registro Civil está ubicado en calle Echeverría 169, y su horario de atención es de 07:00hs a 12:30hs.


¿Para inscribir un recién nacido que debo presentar?
Se deberá presentar:
  • Certificado del ginecólogo que realizó el parto.
  • Certificado del pediatra que recibió al bebé.
  • D.N.I. de los padres (en buen estado y con domicilios actualizados).
  • Libreta de Familia (si son casados)
  • Sin costo de la inscripción
El certificado del ginecólogo debe acreditar:
  • Nombre completo de la madre, con Nº de D.N.I. y domicilio. Día mes, año, hora y lugar en que ocurrió el nacimiento.
  • Sexo del recién nacido.
  • Nombre completo del médico con su Nº de matrícula profesional, firma y sello.
  • Fecha de expedición.
En el certificado del Pediatra constan los siguientes datos:
  • Semanas de gestación.
  • Estatura.
  • Peso.
  • Perímetro Cefálico.

¿Qué debo presentar para la inscripción de una defunción?
Para realizar la inscripción de una defunción se deberá presentar:
  • Certificado estadístico de defunción, expedido por el médico que asistió a la persona en el momento de fallecer y formulario 24 Bis/ Anexo.
  • D.N.I. del fallecido.
  • Declaración jurada con datos personales del fallecido, nombres de sus padres y estado civil del mismo, firmada por un familiar (agregándose documentación que acredite dicha información: acta de nacimiento, libreta de familia, acta de matrimonio, acta de defunción del cónyuge en caso de ser viudo/a).

¿Cuáles son los requisitos para contraer matrimonio?
Mayores de 18 años:
  • D.N.I en buenas condiciones con domicilios actualizados.
  • Partidas de nacimiento expedidas recientemente.
  • Timbrado del Banco de Córdoba (sin costo).
  • Sellado municipal
  • D.N.I de dos testigos mayores de 18 años. DNI de los padres.
  • Fotocopias de todos los D.N.I.
  • Análisis prenupciales (VDRL) realizados en organismo público. Optativo.

Menores de 18 años, además de los requisitos anteriores:
  • D.N.I. de los padres en buenas condiciones y con domicilios actualizados.
  • Si alguno de los padres no presta su autorización presentará la venia supletoria.
  • Si uno de los padres estuviese fallecido se deberá agregar el acta de defunción que pruebe este hecho.

¿Qué debo hacer si pierdo el DNI?
Cuando el niño o mayor pierde o se deteriora su D.N.I., debe solicitar un nuevo ejemplar, el que será: Ejemplar A, B, C, etc., según corresponda.

Cuando la persona que se acerca a solicitar un nuevo ejemplar y el que posee o tuvo como último documento es una Libreta de Enrolamiento o una Libreta Cívica, lo que se tramita es un NUEVO DNI.
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