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Tarjeta Verde y el titular será quien retire el vehículo y/o motovehículo aportando su Documento Nacional de Identidad. Carnet de conducir vigente y/o persona habilitada para tal fin. Previamente deberá abonar la multa que corresponda y que dio origen al acta, mas la estadía y los gastos de traslado. El infractor deberá presentarse para notificarse de la sentencia y firmarla.
El Tribunal de Faltas tiene competencia en el juzgamiento de las faltas o infracciones constatadas por inspectores municipales, en violación a las Ordenanzas Municipales, Leyes Provinciales y Nacionales, en las áreas de: Tránsito, Salubridad, Habilitación de Comercial, Medio Ambiente, Espectáculos Públicos, Construcciones y Servicios. También tiene competencia en el juzgamiento de las actas de infracciones que labra la Policía Caminera de la Provincia de Córdoba.
Código Municipal de Faltas: Ordenanza Nº 5299 y sus modificatorias 5436 y 5448.