Empresas radicadas en el Parque Industrial:
Se establece un régimen de incentivos a las actividades industriales y de servicios que realicen los contribuyentes de la Municipalidad de la ciudad de San Francisco para las empresas (cuyas plantas industriales y de servicios) se radiquen en el predio del "Parque Industrial Piloto San Francisco S.A.", que consiste en la eximición de las obligaciones fiscales detalladas en la Ordenanza Municipal
Nº 4570.
Empresas que Exportan:
Los beneficios como incentivo a la actividad exportadora consiste en una reducción de las obligaciones fiscales contempladas en la Ordenanza Municipal Nº 3847 para los contribuyentes de la Municipalidad de la ciudad de San Francisco que realicen actividades de exportación.
Microemprendimientos:
Para las actividades productivas que por su naturaleza son consideradas innovadoras y promotoras e incentivadoras en la creación de fuentes de trabajo y con participación creciente en la economía local se regula un programa de beneficios fiscales mediante Ordenanza Municipal
Nº 5400.
Empresas incluidas en Promociones Industriales Provinciales:
Régimen de Adhesión
Art. 213º) Los contribuyentes que se encuentren exentos en el orden provincial por aplicación de la Ley Nº 5319 y disposiciones complementarias que sobre el particular se dicten, gozarán de exención en los mismos términos. Este beneficio regirá desde la fecha de presentación de la pertinente solicitud ante el Organismo Fiscal, hasta el vencimiento de la exención en el orden provincial.
Con la solicitud el contribuyente deberá acreditar que se encuentra exento en el orden provincial en virtud del referido régimen de promoción industrial, y cumplimentar las restantes exigencias que establezca el Departamento Ejecutivo o el Organismo Fiscal. Para gozar de esta exención, las empresas deberán estar radicadas en zonas permitidas de acuerdo al tipo de producción, conforme a lo previsto en el Artículo 9º de la Ordenanza Nº 2065, y deberán cumplir con todas las exigencias previstas en dicha Ordenanza.