¿A dónde se realizan los trámites, y en qué horario funciona el Registro Civil?
El Registro Civil está ubicado en calle Mitre 166, y su horario de atención es de 07:00hs a 12:30hs.
¿Para inscribir un recién nacido que debo presentar?
Se deberá presentar:
- Certificado del ginecólogo que realizó el parto.
- Certificado del pediatra que recibió al bebé.
- D.N.I. de los padres (en buen estado y con domicilios actualizados).
- Libreta de Familia (si son casados)
- Costo de la inscripción: $3,00 .
El certificado del ginecólogo debe acreditar:
- Nombre completo de la madre, con Nº de D.N.I. y domicilio. Día mes, año, hora y lugar en que ocurrió el nacimiento.
- Sexo del recién nacido.
- Nombre completo del médico con su Nº de matrícula profesional, firma y sello.
- Fecha de expedición.
En el certificado del Pediatra constan los siguientes datos:
- Semanas de gestación.
- Estatura.
- Peso.
- Perímetro Cefálico.
¿Qué debo presentar para la inscripción de una defunción?
Para realizar la inscripción de una defunción se deberá presentar:
- Certificado estadístico de defunción, expedido por el médico que asistió a la persona en el momento de fallecer.
- D.N.I. del fallecido.
- Declaración jurada con datos personales del fallecido, nombres de sus padres y estado civil del mismo, firmada por un familiar (agregándose documentación que acredite dicha información: acta de nacimiento, libreta de familia, acta de matrimonio, acta de defunción del cónyuge en caso de ser viudo/a).
¿Cuáles son los requisitos para contraer matrimonio?
Mayores de 21 años:
- D.N.I en buenas condiciones con domicilios actualizados.
- Partidas de nacimiento expedidas recientemente.
- Timbrado del Banco de Córdoba de $13,00.
- Sellado municipal $6,00.
- D.N.I de dos testigos mayores de 21 años.
- Fotocopias de todos los D.N.I.
- Análisis prenupciales (VDRL) realizados en organismo público.
Menores de 21 años, además de los requisitos anteriores:
- D.N.I. de los padres en buenas condiciones y con domicilios actualizados.
- Si alguno de los padres no presta su autorización presentará la venia supletoria.
- Si uno de los padres estuviese fallecido se deberá agregar el acta de defunción que pruebe este hecho.
¿Qué debo hacer si pierdo el DNI ?
Cuando el niño o mayor pierde o se deteriora su D.N.I., debe solicitar un nuevo ejemplar, el que será: Duplicado, Triplicado, etc., según corresponda.
Cuando la persona que se acerca a solicitar un nuevo ejemplar y el que posee o tuvo como último documento es una Libreta de Enrolamiento o una Libreta Cívica, lo que se tramita es un CANJE.