¿Qué debo hacer si me constatan una infracción?
Tiene dos posibilidades: concurrir dentro de los cinco días de cometida la falta al Tribunal de Faltas (España 217) en los horarios mencionados y abonar la misma con un descuento del cincuenta por ciento (50%) del monto fijado por la Ordenanza respectiva o esperar a que se le notifique la apertura de la causa mediante cédula de notificación y efectuar (si tiene argumentos valederos) el descargo correspondiente). - En este último caso, si el descargo es rechazado por el Juez de Faltas, desaparece la posibilidad de abonar la multa con descuentos.
¿Cómo puedo defenderme si me constatan una infracción de cualquier tipo?
Todos los ciudadanos tienen el derecho constitucional de defensa ante cualquier acusación. En todo momento, antes que sea dictada la sentencia, el presunto infractor tiene la posibilidad de efectuar un descargo, (por escrito) a efectos de explicar cual ha sido el motivo que lo llevó a cometer la infracción constatada y aportar las pruebas (documentación, testigos, etc) que fundamenten el descargo efectuado. Todo ello será merituado por el Juez de Faltas quien resolverá en consecuencia.-
¿Si presento un descargo, significa que me libero de la sanción (multa)?
NO.- El descargo es la posibilidad de defensa que toda persona tiene y sirve para tratar de explicarle al Juez, cuales fueron las circunstancias que rodearon al caso antes de que este resuelva, pero de ninguna manera garantiza la eximición de la sanción.-
¿Las multas se abonan en el Tribunal de Faltas?
La persona que quiera abonar una multa debe concurrir al Tribunal de Faltas (España 217 - San Francisco) y solicitar que se le confeccione el cedulón de pago.- Luego debe concurrir con este al Palacio Municipal o a cualquier banco de la ciudad a abonar el mismo.-
¿Cómo puedo abonar una multa si no vivo en San Francisco?
Simplemente enviando el importe que dice en la sentencia mediante cheque o giro postal a nombre de la Municipalidad de San Francisco. - Una vez cobrado el mismo, el Tribunal le envía el comprobante de pago a vuelta de correo.- Recordar que en el caso de infractores foráneos deben agregar al monto de la multa, la suma de pesos quince ($ 15.-) correspondientes a gastos de envío. - Ante cualquier duda, consulte de 07.30 hs. a 13,00hs. al TE 03564 - 339175.-
¿El Tribunal de Faltas de San Francisco entiende respecto de las infracciones constatadas por la Policía de la Provincia de Córdoba?
SI - El T.A.F. San Francisco, se encuentra avocado al juzgamiento de las infracciones a la ley de Tránsito de la Pcia. de Córdoba, ley 8560 (t.o. ley 9140) que fueran constatados por los puestos camineros de San Francisco, Sacanta-Las Varillas y Brinkmann.-